Artículo 10 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor

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En este post analizamos el artículo 10 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano.

Este artículo décimo del Código de protección y defensa del consumidor obliga a rotular los productos envasados (los que no son a granel) de acuerdo con las normas sectoriales sobre rotulado que se creen. Si se trata de alimentos de consumo humano, el rotulado incluirá además su lista de ingredientes y componentes.

El Indecopi es el organismo estatal encargado de supervisar que el rotulado de los productos envasados es correcto.

Artículo 10 del Código de protección y defensa del consumidor

El artículo 10 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título primero de esta, dedicado a los «derechos de los consumidores» y a la «relación consumidor-proveedor». 

Este artículo 10 de la Ley 29571 dice así literalmente:

Artículo 10.- Información acerca de los productos envasados

10.1 Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 2, los productos envasados ofrecidos al consumidor deben tener de manera visible y legible la información establecida en la norma sectorial de rotulado correspondiente. En el caso de productos destinados a la alimentación y la salud de las personas, esta obligación se extiende a informar sobre sus ingredientes y componentes.

10.2 Es competencia del Indecopi fiscalizar el cumplimiento de los artículos 8 y 10, así como sancionar las infracciones, únicamente si el producto se encuentra a disposición del consumidor o expedito para su distribución en los puntos finales de venta, sin perjuicio de las competencias sectoriales que correspondan.

Su competencia no se restringe a las listas de productos que pudieran contemplar normas sectoriales de rotulado, resultando aplicables las exigencias establecidas en la presente norma a todos los productos destinados a los consumidores. 

Qué es un rótulo. Para que sirve el rotulado de un producto

Según Indecopi, un rótulo de un producto es

cualquier marbete, marca u otra materia descriptiva o gráfica, que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado en relieve o en bajo relieve o adherido al producto, su envase o empaque, destinada a informar al consumidor sobre las características de un alimento

Y el rotulado de dicho producto tiene por misión

…. suministrar al consumidor información sobre las características particulares de los productos, su forma de elaboración, manipulación y/o conservación, sus propiedades y su contenido.

Obligaciones de rotulado de los productos envasados

Un producto envasado es todo aquel que no se vende a granel en un mercado. Un producto envasado contiene un embalaje o un envase. Y sobre el mismo, además de la marca debe incluir una serie de informaciones obligatorias en su rotulado.

Productos envasados no alimentarios

Si se trata de un bien no alimentario (un juguete, un artículo deportivo, un electrodoméstico, etc.), su rotulado se regirá por su norma sectorial de rotulado.

Productos envasados alimentarios

Si se trata de un alimento envasado como son los abarrotes (leche, galletas, pastas, etc.), su rotulado se regirá por la norma de rotulado de los alimentos del Perú.

Esta norma es el Decreto Supremo 07-98-SA por la que se aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas (El Peruano, 25 de septiembre 1998).

Indecopi nos defiende

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) es el órgano estatal que se encarga de velar por que el rotulado de los productos envasasos alimentarios y no alimentarios sea correcto.

Título primero del Código de protección y defensa del consumidor

Comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:

  • Capítulo I Derechos de los consumidores (artículo 1).

  • Capítulo II Información a los consumidores.
    • Subcapítulo I Información en general (artículo 23, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 que hemos visto en este post y 11).
    • Subcapítulo II Protección del consumidor frente a la publicidad (artículos 12, 13, 14, 15, 16 y 17).
  • Capítulo III Idoneidad de los productos y servicios (artículos 181920212223 y 24).
  • Capítulo IV Salud y seguridad de los consumidores.
    • Subcapítulo I Protección a la salud y seguridad de los consumidores (artículos 25, 27, 28 y 29).
    • Subcapítulo II Protección de los consumidores en los alimentos (artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37).
  • Capítulo V Protección de los intereses sociales y económicos (artículos 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 44).

Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos

La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:

  • La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
  • La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.

 

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