Artículo 55 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor

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Contrato y gafas (Mari Helin Unsplash)
En este post analizamos el artículo 55 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano. Este artículo del Código de protección y defensa del consumidor forma parte de los 3 artículos que se dedican a la aprobación y difusión de las condiciones generales de contratación de los contratos en el Perú (artículos 53 al 55, ambos inclusive). Y este artículo 55 dice que los contratos de consumo supervisados por Indecopi y la SBS se deben difundir en sus respectivas páginas web. También se deben dar a conocer (mucho más interesante) las cláusulas abusivas identificadas en los contratos que supervisan (artículo 49 de la Ley 29571).

Artículo 55 del Código de protección y defensa del consumidor

El artículo 55 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título segundo de esta, dedicado a los «contratos». Este artículo 55 de la Ley 29571 dice así literalmente:
Artículo 55.- Difusión de las cláusulas generales de contratación aprobadas por la autoridad administrativa La autoridad sectorial difunde en un lugar destacado de su portal institucional y, en su caso, a través de otros medios de difusión, las cláusulas generales de contratación aprobadas administrativamente y las cláusulas abusivas identificadas. El Indecopi mantiene enlaces en su portal institucional con las direcciones electrónicas de las autoridades sectoriales competentes en donde publiquen esa información.

Título segundo del Código de protección y defensa del consumidor

El Titulo II (Contratos) comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:
  • Capítulo I Disposiciones generales (artículos 45, 46, 47 y 48).
  • Capítulo II Cláusulas abusivas (artículos 49, 50, 51 y 52).
  • Capítulo III Aprobación administrativa (artículos 53, 54 y 55 que hemos visto aquí).

Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos

La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:
  • La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
  • La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.
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