Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor

En este momento estás viendo Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor
Juez Juzgado Justicia Arbitraje

En Perú toda la política de defensa del consumidor, entendida de forma global y en todas sus fases desde la ideación, la creación de la legislación, la supervisión de su cumplimiento y los medios de resolución de conflictos entre consumidores y proveedores se articula en el llamado Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor.

Este Sistema es dinámico y se coordina a través de un órgano llamado Consejo Nacional de Protección del Consumidor, integrado por todas las partes interesadas (administración, consumidores y gremios empresariales, además del Indecopi).

En esta entrada te explicamos qué es este “Sistema” y cómo se desarrolla en nuestro país.

Ley 29571 de Código de protección y defensa del consumidor

El Código de protección y defensa del consumidor es la norma básica que regula la política de defensa del consumidor en el Perú.

Dedica su Título VII al Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor (artículos 132 al 136), el Sistema de Arbitraje de Consumo (artículos 137 al 144), los sistemas alternativos para resolver conflictos de consumo (artículos 145 a 149), el libro de reclamaciones (artículos 150 al 152), las asociaciones de consumidores (artículos 153 al 159) y a la normalización y calidad de los productos peruanos (artículo 160).

Como puedes ver, el sistema es el conjunto de normas, mecanismos de reclamación, asociaciones de protección del consumidor y productos de calidad en el mercado. Un todo con la misión de protegernos.

Gráficamente se representa con los tres círculos que interactúan en la economía diaria (Estado, Empresas, Consumidores) y las instituciones que los representan:

  • El Indecopi en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del sistema y demás instituciones y reguladores públicos.
  • Asociaciones de consumidores
  • Gremios empresariales.
Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor (Fte Indecopi)
Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor (Fte Indecopi)

Artículo 132 de la Ley 29571

El se contempla en el artículo 132 de la Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor de septiembre de 2010.

Este artículo dice así:

Artículo 132.- Creación del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor

Créase el Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor como el conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos destinados a armonizar las políticas públicas con el fin de optimizar las actuaciones de la administración del Estado para garantizar el cumplimiento de las normas de protección y defensa del consumidor en todo el país, en el marco de las atribuciones y autonomía de cada uno de sus integrantes.

Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos

Las dos principales normas de defensa de los consumidores y usuarios en el Perú son:

  • La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
  • La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.
Danos tu opinión

Consumoteca

Consumoteca Perú es una iniciativa de Juan del Real Martín para hacer tu vida como consumidor o usuario más fácil y ayudarte a elegir bien. En nuestros contenidos y comentarios a pie de post, te ofrecemos consejos y experiencias de otros consumidores para que no te pase a ti lo mismo, muy poca publicidad, la suficiente para mantener viva esta Comunidad de consumidores y un lenguaje de la calle, sin enredos ni terminología de expertos profesionales.

Deja una respuesta