Tren eléctrico. ¿Cuáles son tus derechos y obligaciones cuando lo tomas?

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Tren eléctrico Linea 1 de Lima

Una de las grandes innovaciones en cualquier ciudad grande es el transporte público. El tren eléctrico es un medio rápido, económico y eficiente para desplazarse por Lima en el Perú. En este post te contamos cuáles son los derechos y las obligaciones de los usuarios del tren eléctrico. Sigue leyendo para saber más.

Tren eléctrico

El tren eléctrico (en realidad Metro de Lima y Callao) es un sistema de transporte terrestre guiado por vías con tramos subterráneos y otros elevados sobre la superficie que permite desplazarse por el área metropolitana de Lima y Callao en el Perú.

Se inauguró en julio de 2011 y es administrado por la ATU (Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao), que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones peruano.

A día de hoy, el Metro de Lima y Callao tiene una línea operativa, la Línea 1, que comprende un recorrido de 35 km a lo largo de 26 estaciones estaciones de tren eléctrico, de Sur a Noreste en viaducto elevado.

Mediante un consorcio con empresas constructoras privadas, están en marcha dos líneas adicionales, esta vez subterráneas (una de 27 kilómetros de extensión de este a oeste, y la otra una sección de 8 kilómetros de la línea 4 que conectará con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, bajo la avenida Elmer Faucett).

Reglamento de los usuarios del tren eléctrico

Reglamento de los usuarios del tren eléctrico (Reglanento de Usuarios de las Infraestructuras de Transporte de Uso Público) es el documento que regula los derechos y obligaciones de los usuarios del tren eléctrico de Lima. Se publicó el 9 de octubre de 2017 en forma de la Resolución del Consejo Directivo de OSITRAN nº 035.2017-CD-OSITRAN.

Se trata de un Reglamento obligatorio cumplimiento por parte de las empresas que prestan el servicio de transporte de pasajeros en cualquier infraestructura (portuaria, aeroportuaria, vial, ferroviaria y tren eléctrico de Lima y Callao).

A estas infraestructuras se las conoce como el acrónimo ITUP (Infraestructura de Transporte de Uso Público).

Veamos a continuación los derechos y obligaciones que tenemos los usuarios cuando tomamos un tren de la Linea 1.

Derechos de los usuarios

Los derechos de los usuarios del tren eléctrico se establecen en el artículo 7 del Reglamento que establece estos derechos:

Derecho al libre uso del tren eléctrico y demás medios de transporte público de personas.

Los usuarios tienen derecho a que no se les impida el uso de los servicios derivados de la explotación de las ITUP, siempre que estos cumplan con las normas vigentes y sus obligaciones (ver más abajo las obligaciones del usuario del tren eléctrico).

Derecho a la información

Tenemos derecho a “recibir información adecuada, veraz, oportuna y detallada sobre los servicios de las entidades prestadoras”.

Si un usuario considera vulnerado este derecho podrá reclamar ante el transportista o directamente ante OSITRAN.

Derecho a recibir un comprobante de pago

El usuario tiene derecho a recibir un comprobante de pago en el que conste el concepto de cobro, el monto abonado correspondiente y, de ser el caso, la fecha en que efectuó dicho abono, como constancia del pago por el servicio que brindan las entidades prestadoras.

El comprobante de pago deberá ser emitido en el plazo establecido en la normativa sobre la materia.

Derecho a la calidad y cobertura del servicio

Los usuarios tienen “derecho a exigir de las entidades prestadoras la prestación de servicios de calidad y cobertura” establecidos en el contrato de concesión firmado con OSITRAN.

Derechos a la atención adecuada y a la no discriminación

Cuando viajamos en el Metro de Lima y Callao, los usuarios tenemos “siempre, y en toda circunstancia, derecho a ser tratados por el personal de las entidades prestadoras con cortesía y diligencia” además de recibir un “trato digno y equitativo”.

Las empresas y entidades prestadoras del servicio de transporte “deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los usuarios en situaciones insegurdas o intimidatorias de cualquier naturaleza”.

Muy relacionado con un derecho a que nos atiendan con cortesía está el derecho a no ser discriminados en el uso del tren eléctrico o cualquier otro medio de transporte colectivo en el Perú.

Está prohibida toda discriminación por motivos de raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole, respecto de los usuarios, personas naturales.

Este derecho lo tenemos además reconocido en la Constitución política del Perú y en el artículo 38 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano (Ley 29571).

Derecho a la restitución de su propiedad

Si a la hora de acceder al embarque en un medio de transporte colectivo público peruano nos retienen cualquier bien de nuestra propiedad por estar prohibido o restringido, tenemos derecho a que nos sea restituido.

Derecho a la seguridad

Los servicios portuarios, aeroportuarios viales, ferroviarios y del sistema eléctrico de transporte masivo de Lima y Callao deben ser suministrados en forma tal que, utilizados en condiciones previsibles o normales, no presenten peligro alguno para la salud e integridad física de los usuarios.

Derecho a presentar sugerencias, reclamos y denuncias

Una sugerencia o queja es una propuesta de mejora del servicio no vinculante (sin compromiso) para la entidad prestadora del servicio de transporte. Se puede presentar a la empresa o a OSITRAN directamente.

Por su parte, los usuarios del tren eléctrico pueden “presentar reclamos a fin de exigir la satisfacción de un interés legítimo particular” o denuncias ante un malfuncionamiento del servicio o incumplimiento de cualquier obligación legal por parte de la entidad prestadora del servicio del tren eléctrico.

Estos reclamos y denuncias deben cumplir con las formalidades del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN.

La diferencia entre reclamo y denuncia estriba en que en el reclamo somos perjudicados económicamente mientras que en la denuncia, denunciamos un incumplimiento o mala calidad en el servicio que no necesariamente nos afecta económicamente.

Derecho a la reparación de daños

Este derecho también forma parte de los derechos básicos de los consumidores y usuarios peruanos:

Los usuarios tienen derecho a la reparación por los daños o pérdidas que sean provocadas por negligencia, incompetencia o dolo de los funcionarios y/o dependientes de las entidades prestadoras.

Los usuarios tienen derecho a solicitar la determinación de la responsabilidad de los daños o pérdidas conforme al marco jurídico vigente, a través de las vías que estimen convenientes, entre ellas, el procedimiento de reclamo u otras.

Luego de establecida dicha responsabilidad, el usuario podrá solicitar la reparación correspondiente, ya sea en sede judicial, arbitral o por acuerdo entre las partes, según lo pactado.

Derecho a participar en el Consejo de Usuarios del OSITRAN

Por último, los usuarios de los servicios de las ITUP podrán formar parte de los Consejos de Usuarios del OSITRAN.

Obligaciones de los usuarios del tren eléctrico

Por su parte, las obligaciones de los usuarios que toman el tren eléctrico son pocas y muy sencillas de entender.

Pago de la tarifa

Los usuarios de las ITUP estamos obligados a abonar la tarifa o precio establecido para cada servicio de acuerdo con el tarifario vigente.

La tarifa deberá ser establecida en la moneda establecida por el tarifario.

Conducta debida y conservación de las instalaciones

Los usuarios de las ITUP debemos respetar las condiciones y reglas de uso establecidas por la entidad prestadora y aprobadas por OSITRAN evitando conductas o actos que puedan acausar daños a las instalacines de las ITUP.

En ningún caso los usuarios deberán realizar acciones u omisiones que dificulten o impidan el uso de los servicios como mecanismo para manifestar su disconformidad en caso de inconvenientes con el servicio de transporte.

Estaciones del tren eléctrico (linea 1 metro de Lima)

Las estaciones del tren eléctrico de la Linea 1 del Metro de Lima son, de norte a sur de Lima:

  • Bayóvar
  • Santa Rosa
  • San Martín
  • San Carlos
  • Los Postes
  • Los Jardines
  • Pirámide del Sol
  • Caja de Agua
  • Presbítero Maestro
  • El Angel
  • Miguel Grau
  • Arriola
  • La Cultura
  • San Birja Sur
  • Angamos
  • Cabitos
  • Ayacucho
  • Jorge Chávez
  • Atocongo
  • San Juan
  • María Auxiliadora
  • Villa María
  • Pumacachua
  • Parque Industrial
  • Villa el Salvador

Normativa relacionada

  • Resolución del Consejo Directivo de OSITRAN nº 035.2017-CD-OSITRAN (ver PDF).
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