El seguro vehicular. Explicación en detalle

En este momento estás viendo El seguro vehicular. Explicación en detalle
Accidente de auto siniestro (Clark Van Der Beken Unsplash)

Circular por las vías de cualquier tipo con un vehículo tiene riesgos, no solo para uno mismo, sino para otros vehículos y para los viandantes. El seguro vehicular se encarga de cubrir nuestra responsabilidad civil como conductores cuando tenemos un accidente de circulación con nuestro automóvil.

Y en concreto, según el tipo de seguro vehicular, así nos protegerá de los daños materiales que causemos a terceros, o de los daños propios en nuestro vehículo.

Qué es el seguro vehicular

El seguro vehicular es un seguro destinado a cubrir nuestra responsabilidad civil por los daños materiales causados a terceros con motivo de nuestra circulación, o la de nuestro vehículo (daños propios).

Su razón de ser es clara: si todos los conductores tuvieran un seguro vehicular, responderíamos de los accidentes de tránsito que provocáramos. Pero también habría una aseguradora que respondería por los accidentes de terceros contra nuestro vehículo.

Tipos de seguros vehiculares

En el Perú existen tres tipos de seguros vehiculares que coinciden con las coberturas de estos: daños a terceros, todo riesgo y pérdida total.

Daños a terceros

El seguro vehicular con cobertura de daños a terceros cubre los daños materiales que podamos causar con nuestra conducción (o la de quien maneje nuestro automóvil) a terceros.

También se encarga de complementar las indemnizaciones a pagar por nuestra culpa en caso de lesiones personales o muerte causada a terceros una vez agotada la cobertura del SOAT.

Para que te hagas una idea, el SOAT cubre estas indemnizaciones según los daños personales causados:

  • Indemnización SOAT en caso de muerte: 4 UIT (S/ 19.800).
  • Para gastos de sepelio: hasta 1 UIT (S/ 4.950).
  • Por invalidez permanente: hasta 4 UIT (S/ 19.800).
  • Por incapacidad temporal: hasta 1 UIT (S/ 4.950).
  • Para gastos médicos: hasta 5 UIT (S/ 24.750).

Todo lo que la víctima pueda demostrar que excede lo anterior lo deberemos pagar nosotros si somos culpables de un accidente de tránsito. Y si tenemos la cobertura de daños a terceros, estaremos protegidos.

Todo riesgo

Esta cobertura del seguro vehicular nos protege de los daños propios que puede sufrir nuestro auto o moto cuando circulemos y provoquemos un siniestro. También puede cubrir los daños personales del conductor y ocupantes de nuestro vehículo y los de terceros frente a un accidente.

Aunque para esto último tenemos el SOAT, que cubre daños personales por lesiones y muerte causados por nosotros.

Además la cobertura de todo riesgo suele incluir el robo o nuestros daños materiales sin ningún vehículo tercero involucrado (una salida de calzada con daños al auto).

El único aspecto a entender es que, en estos casos de siniestros con daños propios, la aseguradora solo te reembosará el valor comercial (valor venal) del auto en ese momento. Es decir su valor en el mercado de autos de segunda en ese momento.

Y con ese montante, probablemente no podrás afrontar la compra de un auto nuevo.

Pérdida Total

La cobertura de pérdida total de un seguro vehicular te cubre el valor comercial del vehículo en caso de que sea robado, o sea declarado como pérdida total tras un accidente de tránsito grave por el perito de la compañía aseguradora.

En estos caso, cuando el importe de la reparación de los daños supere el 75 % del valor del auto, te indemnizarán por el valor comercial o la cantidad pactada.

Diferencias con el SOAT

Ojo, porque hay diferencias entre el seguro vehicular y el SOAT.

El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) es un seguro que cubre los daños personales a conductores, ocupantes y transeúntes, de forma automática, cuando se produce un accidente

Sus dos características principales son que se trata de un seguro obligatorio para circular por las vías de nuestro país y que su finalidad es asistencial. Es decir, que el SOAT persigue proteger la integridad física de los ciudadanos.

Por su parte, el seguro vehicular cubre los daños materiales que podamos causar a terceros con motivo de nuestra conducción, o por accidentes de tránsito. Y los daños materiales en nuestro propio vehículo si tenemos contratada esa cobertura de daños propios.

Normativa relacionada

  • Decreto Supremo N.° 012-2017-MTC. Aprueban modificaciones al Texto único Ordenado del Reglamento nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito, al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito, al Reglamento Nacional de Administración de Transporte, al Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares y al Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (18 de mayo de 2017).
  • Reglamento nacional de tránsito. Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC de 19 de octubre de 2009 (ver PDF).
  • Decreto Supremo N° 024-2002-MTC Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios por Accidentes de Tránsito (ver PDF).
  • Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre de 5 de octubre de 1999 (ver PDF).
  • Reglamento de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre
  • Código de Tránsito y Seguridad Vial (1986): obliga a todo vehículo a contratar una póliza de Responsibilidad Civil.
Danos tu opinión

Consumoteca

Consumoteca Perú es una iniciativa de Juan del Real Martín para hacer tu vida como consumidor o usuario más fácil y ayudarte a elegir bien. En nuestros contenidos y comentarios a pie de post, te ofrecemos consejos y experiencias de otros consumidores para que no te pase a ti lo mismo, muy poca publicidad, la suficiente para mantener viva esta Comunidad de consumidores y un lenguaje de la calle, sin enredos ni terminología de expertos profesionales.

Deja una respuesta